La Ley Federal del Trabajo ha cambiado muy poco desde 1970, donde se introdujeron algunas disposiciones en términos de reparto de utilidades y prima de antigüedad, por lo tanto es enorme el retraso con respecto a las economías de los países con los cuales México realiza transacciones comerciales.

Desde el 1995 a la fecha, el sector empresarial ha trabajado en una serie de propuestas dirigidas a promover la inversión y el empleo en coordinación con los sindicatos.  

Ha habido recientes iniciativas de reforma a la Ley Federal del Trabajo, como la de marzo del 2011, otra fue la que presentó la bancada del PRI ante la Cámara de Diputados en el mes de agosto de ese año; el pasado 1 de septiembre del 2012, el Poder Ejecutivo de la República Mexicana presentó al Congreso una iniciativa preferente de Reforma laboral, y por su parte el PRD presentó otra iniciativa ya en el transcurso de este mismo mes.

Todas estas iniciativas son consideradas como punto de partida en la orientación al debate al que se someterán ante el pleno de la Cámara, esperando que se llegue al consenso y se incorporen los múltiples puntos de acuerdo que han alcanzado las representaciones de los trabajadores y los empresarios en casi 18 años de diálogo y negociaciones.

 


La realidad es aplastante: hoy más del 30% de los trabajadores se encuentra en la informalidad, algunos en la ilegalidad y otros en la criminalidad, y si a esto le agregamos el número de personas desempleadas y aquellas que están en el extranjero por la falta de oportunidades, significa que nuestro  país acumula un déficit de 38 millones de empleos dignos. Estamos dilapidando nuestro bono demográfico,  con el riesgo de que la escalada de violencia difícilmente se contenga.

De acuerdo con el último índice de competitividad del Foro Económico Mundial, ocupamos el lugar 102 de 144 en eficiencia laboral, y de darse una reforma congruente a las necesidades, la misma nos ayudaría a subir cerca de 25 posiciones en el escalafón mundial y 3 en el Índice Global de Competitividad. Y por si esto fuera poco nos encontramos en el sitio 121 en participación de la mujer en la fuerza de trabajo, y en el 113 de prácticas de contratación y despido, con un promedio actual de duración de los juicios laborales en México que alcanza hasta 38 meses.

Es indispensable actualizar y modernizar los instrumentos legales que rigen las relaciones  laborales en nuestro país. Dar certeza laboral mediante seguridad jurídica es factor fundamental para impulsar nuestros niveles de competitividad y productividad, lo que implica contar con leyes claras y de simple aplicación, que se rijan en principios de equidad y justicia.

Tres sexenios de estudios se resumen en casi 400 iniciativas.

Los cambios más importantes que se vislumbran en el tema individual son:
1.) Claridad en los conceptos de: Trabajador, Patrón, Empresas prestadoras de servicios y Outsourcing, Responsabilidad solidaria para toda la unidad económica.
2.) Flexibilización en los conceptos de contratación individual y facilidad en la terminación de las relaciones laborales, tratándose de personal temporal.
3.) Involucramiento de la contratación temporal y la capacitación.
4.) Período de 3 a 6 meses para capacitación y demostrar habilidades con facilidad para la terminación de las relaciones laborales individuales.
5.) En materia de PTU y a fin de evitar el abuso, recibirá la misma utilidad el trabajador que presta servicios en el outsourcing, que el que está en la unidad económica central.
7.) Se privilegia la productividad y se le da mayor importancia al trabajador más productivo que al más antiguo, rompiendo lo que se conoce como “escalafón ciego”.
8.) Se precisa la jornada por hora.
9.) Se introduce el término de “trabajo decente” y se hace obligatorio a los patrones adecuar instalaciones para personas con discapacidad
10.) Se establecen medidas a favor de las madres trabajadoras y se prohíbe a los patrones el exigir certificados médicos de ingravidez. (de no embarazo)
11.) Se sanciona el acoso u hostigamiento sexual.

Propuestas en el Tema Colectivo:

1.) Para emplazar a huelga se requiere que el sindicato lo acredite previamente a la suspensión de labores.
2.) Se flexibiliza el registro de asociaciones sindicales.
3.) Las normas de recuento son abiertas y el voto es secreto.
4.) La Junta debe resolver acerca de la legalidad o no de la huelga, evitando así que se prolonguen indefinidamente.
5.) La tendencia es la democratización, limpieza y apertura en las relaciones laborales colectivas.
En la medida en que exista un marco legal que promueva un mejor ambiente laboral para los negocios, la creación y el desarrollo productivo, el sector empresarial estará en mejores condiciones para generar más empleos dignos dentro de la formalidad.

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