Cada día adquiere mayor relevancia la inocuidad de los alimentos, lo que antes era tema de especialistas, con fines básicamente comerciales, se ha convertido en un punto de preocupación entre los consumidores, ya se trate de contaminación por restos de agroquímicos o biológica por microorganismos patógenos, lo que ha propiciado alarmas alimenticias en diferentes lugares del mundo.

 

Para la FAO la responsabilidad de esta situación involucra a todos los participantes en la producción y comercialización de alimentos, haciendo hincapié en los organismos encargados de regular y vigilar la cadena alimenticia.

 

El garantizar la inocuidad de los alimentos, es proteger la salud pública, permitiendo así a los productores mantener abiertas las puertas en los mercados de exportación. Para monitorear que los que se cumpla con los estándares nacionales e internacionales se recurre a valoraciones realizadas por los Laboratorios Agrícolas.

 

La ordenanza legal de este tema es la Ley Federal de Sanidad Vegetal, que en su artículo primero establece como objeto, regular y promover la sanidad vegetal, así como la aplicación, verificación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica en la producción primaria de vegetales. Sus disposiciones son de orden público e interés social.

 

Para lo cual se define que un Laboratorio de Prueba, es una persona moral acreditada y aprobada por la Secretaría para realizar diagnósticos fitosanitarios, análisis de residuos de plaguicidas y contaminantes físicos, químicos y microbiológicos y de calidad de plaguicidas, así como evaluaciones de efectividad biológica de los insumos fitosanitarios y de nutrición vegetal, en los términos establecidos en esta Ley.

 

Debido a que una de las principales limitantes de la producción, son las pérdidas ocasionadas en campo por la incidencia de plagas y enfermedades, y que se tiene como principal método de control el químico, es fundamental el Programa Nacional de Monitoreo de Residuos de Plaguicidas en vegetales, establecido por la Secretaria, para determinar que los insumos fitosanitarios sean utilizados conforme a lo establecido en los dictámenes técnicos de efectividad biológica otorgados.

 

Definiendo como Límites Máximos de Residuos, la concentración máxima de residuos de plaguicidas permitida en o sobre vegetales.

 

El organismo encargado de validar la inocuidad en los alimentos es el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), opera basándose en la Ley Federal de Sanidad Vegetal, en materia de Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la producción primaria de alimentos de origen agrícola, para beneficiar a los productores y consumidores, nacionales y extranjeros, quienes a través del reconocimiento del Distintivo Nacional tendrán la certeza de que un alimento se produjo bajo la certificación de la implementación eficaz de este Sistema.

 

Entre sus objetivos tiene el de coadyuvar a la productividad y comercialización de productos y subproductos agropecuarios a través de la prevención y control de plagas, así como el regular y promover la aplicación y certificación de sistemas de reducción de riesgos de contaminación y calidad de alimentos

 

Para poder cumplir con lo establecido en la Ley, el desarrollo de los sistemas de gestión de la calidad ha ocasionado la necesidad de asegurar que los Laboratorios de ensayo, puedan operar bajo un Sistema de gestión que esté conforme a los requisitos indicados en la norma NMX-EC-17025-IMNC-2006 / ISO/IEC17025:2005, para asegurar la validez técnica y calidad de los servicios ofrecidos.

 

Este procedimiento tiene como objetivo establecer los pasos que debe seguir un laboratorio de ensayo para obtener su acreditación ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., y demostrar que cumple con la normativa nacional e internacional en la materia.

 

Alguno de los documentos que se deben consultar en la acreditación son: Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Norma NMX-EC-17025-IMNC-2006 / ISO/IEC17025:2005 “Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración”

 

De acuerdo a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Acreditación es el acto por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los organismos de certificación, de los laboratorios de ensayo (prueba), de los laboratorios de calibración y/o de las unidades de verificación (organismos de inspección) para la evaluación de la conformidad. De acuerdo a la norma NMX-EC-17011-IMNC-2005, Acreditación es la atestación de tercera parte relativa a un organismo de evaluación de la conformidad (OEC) que manifiesta la demostración formal de su competencia para llevar a cabo tareas específicas de evaluación de la conformidad.

 

A través de la Acreditación de un Laboratorio Agrícola, se reconoce su competencia técnica y por consiguiente la confiabilidad en la calidad de los resultados, lo que se traduce en la seguridad de que los alimentos que llegan a nuestra mesa sean inocuos.

 

Redacción TecnoAgro

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