• Con el objetivo de mantener la sustentabilidad del crustáceo en aguas marinas del Golfo de México y Mar Caribe, el pasado 22 de abril se llevó a cabo la reunión del Comité Nacional de Pesca y Acuacultura en la que se determinaron las fechas para el inicio de la veda temporal en la explotación de este recurso.

• La pesca de camarón es la más importante del litoral del Golfo y Caribe mexicanos por su valor económico en capturas y la infraestructura empleada en su explotación y procesamiento: CONAPESCA.

• La veda está orientada a proteger zonas de reclutamiento y reproducción, principalmente de seis especies comerciales de camarón: café, rosado, blanco, siete barbas, rojo y roca.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) publicó hoy el Acuerdo por el que se establecen épocas y zonas de veda para la captura de todas las especies de camarón en aguas marinas y sistemas lagunarios estuarios de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe.

La pesca de camarón es la tercera en volumen de producción en el litoral del Golfo de México, destacan cifras de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA).

Refieren también que por el valor económico de las capturas y la infraestructura usada en la explotación y procesamiento este crustáceo, hacen de esta pesquería la más importante del litoral del Golfo y Caribe mexicanos.

Las principales zonas de explotación del litoral se ubican en el norte del Golfo de México (Tamaulipas y Veracruz), Sonda de Campeche (Tabasco y Campeche) y Caribe mexicano (Quintana Roo, área de Contoy).

Esta veda está orientada a proteger las zonas de reclutamiento y reproducción, principalmente de seis especies comerciales de camarón, entre las que se encuentran: café, rosado, blanco, siete barbas, rojo y roca.

Con el objetivo de mantener la sustentabilidad del camarón en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, el pasado 22 de abril se llevó a cabo la reunión del Comité Nacional de Pesca y Acuacultura, en la que se determinaron las fechas para el inicio de la veda temporal con base en investigaciones del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA).

El Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación detalla que a partir de las 00:00 horas del 1 de mayo y hasta las 24:00 horas del 15 de agosto del año en curso, será vigente la veda temporal en la zona que abarca desde la frontera con Estados Unidos, en Tamaulipas, hasta la desembocadura del río Coatzacoalcos, Veracruz.

Agrega que a las 00:00 horas del 15 de junio inicia la veda desde la desembocadura del río Coatzacoalcos, en Veracruz, hasta el meridiano de los 87° 00’ de longitud Oeste, exceptuando los caladeros de Contoy y las aguas marinas de la franja costera frente a los estados de Campeche y Tabasco, para la captura de camarón siete barbas con embarcaciones menores.

El Acuerdo subraya que el levantamiento de la veda para esta zona estará sujeta a los resultados de las investigaciones que lleva a cabo el INAPESCA.

Abunda que estará prohibida la pesca de esa especie, con embarcaciones menores en la franja costera frente a Campeche y Tabasco a partir de las 00:00 horas del 1 de mayo y hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2013.

En el caso de las aguas marinas de los caladeros de Contoy, indica que el lapso de veda será a partir de las 00:00 horas del 20 de mayo y hasta las 24 horas del 30 de septiembre de este año.

Refiere también que a partir de las 00:00 horas del 17 de mayo y hasta las 24:00 del 1 de julio estará prohibida la captura en los sistemas lagunarios estuarinos del Golfo de México, desde la frontera con Estados Unidos, en Tamaulipas, hasta la desembocadura del río Coatzacoalcos, en Veracruz.

Añade que en los sistemas lagunarios estuarinos de Tabasco la veda inicia a las 00:00 horas del 1 de mayo y concluye a las 24:00 del 30 de septiembre de 2013.

Por otra parte, el Acuerdo reitera el periodo de veda permanente para la captura de todas las especies de camarón existentes en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe que se encuentran comprendidas dentro de las siguientes zonas:

En la franja marina de las 0 a las 15 millas a partir de la línea de costa, desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con Belice, incluyendo las lagunas y zonas costeras en la península de Yucatán, exceptuando los caladeros de Contoy.
Además, en las aguas de la Laguna de Términos, Campeche, y sus bocas que la comunican al mar.

Precisa que la fecha de conclusión de la veda en estas zonas se establecerá con base en las investigaciones y muestreos biológicos que realice la SAGARPA.

El acuerdo, que entrará en vigor mañana, indica que las personas que lo incumplan o violen se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y demás disposiciones legales aplicables.

 

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