• El SENASICA adopta medidas adicionales, sustentadas en información científica de la OIE, acerca del Síndrome de la Mortalidad Temprana (EMS) en camarón de origen y procedencia de países asiáticos afectados para proteger al camarón que se produce en México. • A partir de hoy, 7 de mayo, la restricción de importación se extiende a todo tipo de crustáceos procedentes de China, Malasia, Vietnam y Tailandia.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) ordenó ampliar la suspensión temporal de importaciones a todas las especies de crustáceos provenientes de la República Popular de China, Vietnam, Malasia y Tailandia, con el fin de proteger al camarón de cultivo y a la fauna nativa asociada de nuestro país.
Esta determinación se tomó con base en la información difundida por el Laboratorio de Referencia para Crustáceos de la Organización Mundial de Salud Animal (OIE), el cual determinó que la bacteria que provoca el Síndrome de Mortalidad Temprana (EMS) o Síndrome de la Necrosis Aguda del Hepatopáncreas (AHPNS) podría no ser exclusiva de las especies de camarones blanco y tigre.
Cabe recordar que como medida sanitaria para salvaguardar la camaronicultura nacional, el pasado 15 de abril el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) estableció la suspensión temporal de las importaciones en cualquier presentación de las especies tigre (Penaeus monodon) y blanco (Litopenaeus vannamei) procedentes de los cuatro países asiáticos.
Con base en la información científica recientemente difundida por el laboratorio especializado de la OIE, con sede en Tucson, Arizona, Estados Unidos, el SENASICA decidió ampliar la restricción de importación a todos los crustáceos (no sólo camarón blanco y tigre) vivos, crudos o liofilizados, congelados o refrigerados.
Únicamente queda permitida la importación a crustáceos cocidos que cuenten con certificado sanitario de origen, en el que se establezca que fueron sometidos a un proceso térmico de 100 grados centígrados durante por lo menos 90 segundos, o procesos equivalentes.
La OIE comunicó que el síndrome es causado por una cepa patógena de la bacteria denominada Vibrio parahaemolyticus, la cual se mantiene en estudio a fin de determinar el método más adecuado para identificar el agente, así como la caracterización de los procesos de infección y de propagación.
De acuerdo con lo establecido por la Dirección General de Salud Animal del SENASICA, a partir de hoy, 7 de mayo, la medida sanitaria se extiende a todo tipo de crustáceos procedentes de los cuatro países afectados, bajo los siguientes supuestos:
• “Se suspende la importación de todos los crustáceos vivos, para fines de acuacultura, reproducción, investigación, alimentación animal, consumo acuícola, repoblación, exhibición y ornato”.
• “De igual manera no pueden ingresar al país productos de crustáceos crudos o liofilizados, congelados o refrigerados, en las presentaciones de entero o sin cabeza, con o sin exoesqueleto y con o sin vísceras (desvenado), a granel”.
En caso de detectarse embarques que contengan las mercancías suspendidas, serán retornados al país de origen o procedencia, o en caso de negarse al retorno, se procederá a la destrucción de los productos con costo al interesado.
Asimismo, las mercancías que se encontraban en tránsito, previo a la presente restricción, serán revisadas caso por caso para su evaluación y emitir un dictamen, a fin de determinar la situación sanitaria y las medidas necesarias a implementar.
Para mayor información, los interesados deben comunicarse a la Dirección de Sanidad Acuícola y Pesquera (DSAP), del SENASICA al 59 05 1000 ext. 51046.
Es importante señalar que todas las importaciones de camarón que ingresen a territorio nacional, deberán informar a la DSAP su trazabilidad a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. e indicar el destino final de los lotes.